<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100517-33</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Empleo y Mujer</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2010/05/17</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Depósito estatutos
– Resolución de 11 de enero de 2010, del Director General de Trabajo, sobre registro y depósito de disolución del Sindicato de Agentes Forestales y Técnicos Auxiliares Medioambientales de la Comunidad de Madrid (SAFTAM) (número de depósito 2209)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>116</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-05-17130520100056</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/17/BOCM-20100517-33.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/17/BOCM-20100517-33.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/17/BOCM-20100517-33.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
    <apartado>D) Anuncios</apartado>
    <organismo>Consejería de Empleo y Mujer</organismo>
    <tipo_disposicion>RESOLUCIÓN</tipo_disposicion>
  </analisis>
  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE EMPLEO Y MUJER 
 
 33 
 RESOLUCIÓN de 11 de enero de 2010, del Director General de Trabajo, sobre registro y depósito de disolución del Sindicato de Agentes Forestales y Técnicos Auxiliares Medioambientales de la Comunidad de Madrid (SAFTAM) (número de depósito 2209). 
  Visto el escrito presentado por don José María Bermúdez Fernández, en representación del Sindicato de Agentes Forestales y Técnicos Auxiliares Medioambientales de la Comunidad de Madrid (SAFTAM), cuyos estatutos se encuentran depositados en esta oficina de depósito con el número 2209, y teniendo en cuenta los siguientes
  ANTECEDENTES DE HECHO
  Primero
  En el citado escrito, registrado en esta Dirección General de Trabajo con fecha 22 de diciembre de 2009, se comunica la disolución del sindicato anteriormente referenciado. Se adjunta el acta de la reunión celebrada por el Congreso General Extraordinario el día 1 de diciembre de 2009, suscrita por don José María Bermúdez Fernández, en calidad de Secretario General, y don José Antonio Lucas Ruiz, en calidad de Secretario de Acción Sindical.
  Segundo
  Examinada la documentación presentada, se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.
  A los anteriores antecedentes, son de aplicación los siguientes
  FUNDAMENTOS DE DERECHO
  Primero
  La Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre Traspaso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo, y demás disposiciones complementarias y concordantes.
  Segundo
  Del análisis de la documentación aportada, y comprobados los estatutos del sindicato, se observa que en su artículo 32 se recoge la forma de disolución, dándose cumplimiento a lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
  ACUERDA
  Anunciar el depósito de la disolución del Sindicato de Agentes Forestales y Técnicos Auxiliares Medioambientales de la Comunidad de Madrid, así como la inserción de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su exposición en el tablón de anuncios de esta Dirección General, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
  La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser impugnada ante el Juzgado de lo social de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 del Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de abril de 1995).
  Madrid, a 11 de enero de 2010..El Director General de Trabajo, Javier Vallejo Santamaría.
  (03/3.258/10)</texto>
</documento>