<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100517-128</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 4</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/05/17</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Coslada número 4. Juicio de faltas 534 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>116</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-05-17030520100236</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/17/BOCM-20100517-128.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/17/BOCM-20100517-128.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/17/BOCM-20100517-128.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 4</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 128 
 Juicio de faltas 534 de 2009 
  Don Manuel López Jara, secretario del Juzgado de instrucción número 4 de Coslada.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 534 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su parte dispositiva dice:
  Fallo
  Debo absolver y absuelvo a don Dumitru Dinu, de los hechos origen de las presentes actuaciones, con imposición de las costas de oficio.
  Notifíquese al ministerio fiscal y a las partes de este procedimiento, haciéndoles saber que esta sentencia no es firme, pudiendo interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
  Así por esta mi sentencia, de la que se obtendrá testimonio para la incorporación a la causa, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Dumitru Dinu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Coslada, a 13 de abril de 2010..El secretario (firmado).
  (03/16.766/10)</texto>
</documento>