<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100515-76</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/05/15</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 190 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>115</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-05-15040520100334</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/15/BOCM-20100515-76.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/15/BOCM-20100515-76.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/15/BOCM-20100515-76.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 76 
 Ejecución 190 de 2009 
  Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 190 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Roberto López Correa, contra la empresa “Promociones y Construcciones Jaruda, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Acumular la ejecución número 12 de 2010 a la ejecución número 190 de 2009, seguida igualmente en este Juzgado contra la misma ejecutada, “Promociones y Construcciones Jaruda, Sociedad Limitada”, donde se continuará la tramitación, ascendiendo, por tanto, el total de las cantidades reclamadas a la cuantía de 16.633,64 euros de principal, más 1.663,36 euros y 1.247,54 euros para costas e intereses.
  Se afectan los bienes embargados, en su caso, en las distintas ejecuciones acumuladas para responder de la totalidad de las mismas.
  La presente resolución se dicta en los autos correspondientes a la ejecución número 190 de 2009, que es donde va a realizarse la tramitación conjunta de las diversas ejecuciones acumuladas, de acuerdo con el principio de economía procesal y para la más correcta y adecuada ordenación del procedimiento.
  b)  Se advierte y requiere a la ejecutada en los términos exactos expuestos en los razonamientos jurídicos cuarto y quinto.
  c)  Adviértase a la ejecutada que si deja transcurrir los plazos que se le conceden, y en la forma indicada en el razonamiento jurídico sexto, se le podrá imponer el abono de apremios pecuniarios por cada día que se retrase.
  d)  Dar traslado del escrito presentado y de la presente resolución al Fondo de Garantía Salarial a los fines expresados en el razonamiento jurídico séptimo.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad.
  Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Así lo manda y firma su señoría..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Promociones y Construcciones Jaruda, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de abril de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/16.875/10)</texto>
</documento>