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    <fecha_publicacion>2010/05/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 19. Demanda 551 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 70 
 Demanda 551 de 2008 
  Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 551 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Raúl Alonzo Abad Peña, contra la empresa “Hecmo Servicios Integrales de Jardinería, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:
  Fallo
  Que desestimando la demanda formulada por don Raúl Alonzo Abad Peña contra “Hecmo Servicios Integrales de Jardinería, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo absolver a los demandados de los pedimentos deducidos en su contra en el escrito de demanda.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Hecmo Servicios Integrales de Jardinería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de marzo de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/16.827/10)</texto>
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