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    <fecha_publicacion>2010/05/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Protección y mejora de la Plaza Mayor de Villaverde</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>113</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - Dirección General de Planeamiento Urbanístico - Consejería Técnica - Secretaría General de Planificación y Rehabilitación del Centro Urbano</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Dirección General de Planeamiento Urbanístico
 Secretaría General de Planificación y Revitalización del Centro Urbano
 Consejería Técnica
 
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 Protección y mejora de la Plaza Mayor de Villaverde 
  La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el 8 de abril de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
  Primero..Aprobar inicialmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.2, en relación con el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el Plan Especial de Protección y Mejora de la Plaza Mayor del Casco de Villaverde y su entorno, Distrito de Villaverde.
  Segundo..Someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes, mediante la inserción de anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un período de los de mayor difusión.
  Tercero..Solicitar los informes de los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  Cuarto..Suspender el otorgamiento de licencias urbanísticas solicitadas en el ámbito comprendido en el presente Plan Especial que pudieran resultar afectadas pro sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de la citada Ley 9/2001 y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 215/1978, de 23 de junio.
  Lo que se publica a fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el correspondiente expediente en las mañanas de los días hábiles en el plazo señalado, que comenzará a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en los Servicios de Información del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, calle Guatemala, número 13.
  En Madrid, a 21 de abril de 2010..El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, Jesús Espino Granado.
  (03/17.730/10)</texto>
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