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    <fecha_publicacion>2010/05/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Demanda 361 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 219 
 Demanda 361 de 2009 
  Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 361 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Vicente Gallego Nolasco, contra la empresa “Ideacork, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Dispongo: Tener por desistida a la parte recurrente del recurso de suplicación interpuesto contra la sentencia dictada en este procedimiento, que adquiere firmeza mediante el presente proveído, procediéndose al archivo de las actuaciones, previa anotación en los libros de su razón, ello sin perjuicio de que las partes insten lo que a su derecho convenga.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ideacork, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 13 de abril de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/16.432/10)</texto>
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