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    <fecha_publicacion>2010/05/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 1.270 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>112</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 294 
 Demanda 1.270 de 2009 
  Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.270 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Halima Mechfoua y don Antonio Alvero Jiménez, contra la empresa “Servicios Auxiliares y Empresariales del Norte, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 129 de 2010
  En Madrid, a 11 de marzo de 2010..Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, doña Halima Mechfoua y don Antonio Alvero Jiménez, que comparecen asistidos de los letrados señor Baislio Barbero y señor Carrillo Ramos, respectivamente, y de otra, como demandada, “Servicios Auxiliares y Empresariales del Norte, Sociedad Limitada”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que con estimación de la demanda presentada por doña Halima Mechfoua y don Antonio Alvero Jiménez, contra “Servicios Auxiliares y Empresariales del Norte, Sociedad Limitada” (“Saenor, Sociedad Limitada”), debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar 1.448,98 euros, más 144,89 euros de interés por mora, a doña Halima Mechfoua, y y 1.195,77 euros, más 119,57 euros de interés por mora, a don Antonio Alvero Jiménez.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Auxiliares y Empresariales del Norte, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 13 de abril de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/16.051/10)</texto>
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