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    <titulo>Madrid número 3. Ejecución 175 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>112</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 173 
 Ejecución 175 de 2008 
  Doña Elena Alonso Berrio-Ategortúa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 175 de 2008 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de doña Sonia Abad Barrio, contra la empresa “Gestión Postal, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado providencia de fecha 13 de abril de 2010 y tasación de costas, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Providencia
  Magistrada-juez de lo social, doña Mercedes Gómez Ferreras..En Madrid, a 13 de abril de 2010.
  Visto el contenido de las presentes actuaciones; practíquese la correspondiente tasación de costas causados en las presentes actuaciones, de la que se dará vista a las partes por término de diez días, advirtiéndoles de la posibilidad de impugnarla por indebida, si se hubieran incluido partidas, derechos o gastos indebidos o por excesivos, los honorarios de los abogados, peritos o profesionales no sujetos a arancel, o por no haberse incluido gastos debidamente justificados y reclamados, o la totalidad de la minuta de honorarios de abogado, perito profesional o funcionario no sujeto a arancel (artículo 245 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Transcurrido dicho plazo sin impugnarla, se les tendrá por conformes con la tasación de costas practicada.
  Se advierte que practicada por la secretaria la tasación de costas, y acordando su traslado, no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna reservando al interesado su derecho para reclamarla si le conviniere de quien y como corresponda (artículo 244 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  La secretaria judicial (firmado)..La magistrada-juez de lo social (firmado).
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a doña Sonia Abad Barrio y “Gestión Postal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 13 de abril de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/16.265/10)</texto>
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