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    <identificador>BOCM-20100511-79</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/05/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ministerio de Trabajo e Inmigración. Instituto Nacional de la Seguridad Social. Resolución expediente recargo por falta medidas seguridad e higiene</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>111</diario_numero>
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    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN</organismo>
    <organismo>Dirección Provincial de Madrid - Instituto Nacional de la Seguridad Social</organismo>
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  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO 
  MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 
 Instituto Nacional de la Seguridad Social
 Dirección Provincial de Madrid
 
 79 
 Resolución expediente recargo por falta medidas seguridad e higiene 
  Doña Paloma Brull Sierra, como responsable de la Subdirección Provincial de Incapacidad Permanente de la Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social, de la que es directora doña Carmen López Hidalgo.
  Certifico: Que con fecha 13 de enero de 2010 y número de registro de salida 201000000001279, esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social remitió a “Semacón, Sociedad Anónima”, la resolución emitida el día 11 de enero de 2010, en el expediente de recargo por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo número 09/082-GCM, tramitado a nombre de don Antonio Caballero García, en cuya parte dispositiva textualmente se dice:
  Resuelve:
  1.  Declarar la existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo en el accidente laboral que sufrió don Antonio Caballero García el día 2 de octubre de 2008.
  2.  Declarar, en consecuencia, la procedencia de que las prestaciones de Seguridad Social derivadas del accidente citado sean incrementadas en un 30 por 100, con cargo a las empresas responsables “Semacón, Sociedad Anónima” (con CCC número 28/29772815), y “Construcciones Pinman Criptana, Sociedad Anónima” (con CCC número 28/130771451), que responderán solidariamente del mismo.
  3.  Declarar la procedencia de la aplicación del mismo incremento con cargo a las mencionadas empresas respecto a las prestaciones que, derivadas del accidente citado, se pudieran reconocer en el futuro, las cuales serán objeto de notificación individualizada, en la que se mantendrá de forma implícita los fundamentos de hecho y derecho de la presente resolución.
  Contra la presente resolución se podrá interponer reclamación previa a la vía jurisdiccional ante esta Dirección Provincial, en el plazo de los treinta días desde la fecha de su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 71.2 del texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril.
  En Madrid, a 11 de febrero de 2010..Firmado y rubricado: la directora provincial, Carmen López Hidalgo.
  Y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que conste a los efectos de notificación a “Semacón, Sociedad Anónima”, cuyo último domicilio conocido es en la calle Cercedilla, número 7, nave número 3, polígono industrial “Ven. Cano”, 28925 Alcorcón, expido la presente certificación en Madrid, a 15 de marzo de 2010..Firmado.
  (02/3.222/10)</texto>
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