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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/05/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 50. Procedimiento ordinario 570 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>111</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50 
 EDICTO
 
 162 
 Procedimiento ordinario 570 de 2009 
  Por la presente, y en virtud de lo acordado en el procedimiento ordinario número 570 de 2009, seguido en este Juzgado por “Junta de Compensación de la Urbanización de la Alharilla”, representada por la procuradora doña Celia López Ariza, contra don Santiago Luengo Saquete, se le notifica la sentencia a don Santiago Luengo Saquete, dado su ignorado paradero, cuya parte dispositiva, es del tenor literal siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por “Junta de Compensación de la Urbanización de la Aharilla”, representada por la procuradora doña Celia López Ariza, contra don Santiago Luengo Saquete, debo condenar y condeno al demandado a abonar la cantidad de 19.676,25 euros en concepto de gastos de legalización y urbanización de “La Alharilla”, más 1.672,48 euros en concepto de recargo, con imposición de costas al demandado.
  Así por esta mi sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, definitivamente juzgando en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Debiéndose consignar en la cuenta del Juzgado (código de cuenta 2544) la cantidad de 50 euros en concepto de depósito para recurrir, indicándose la clase y número de procedimiento, así como la fecha de la resolución recurrida. No se admitirá a trámite el recurso si no se constituye este depósito, lo que deberá acreditarse ante este Juzgado mediante la presentación de copia del resguardo y orden de ingreso.
  Y para que sirva de notificación de don Santiago Luengo Saquete, dado su paradero desconocido, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y su publicación en el tablón de anuncios de este Juzgado, que firmo en Madrid, a 13 de abril de 2010..La secretaria (firmado).
  (02/4.289/10)</texto>
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