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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>DAGANZO DE ARRIBA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/05/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Daganzo. Otros anuncios. Extinción derecho funerario</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>111</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Daganzo de Arriba</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE DAGANZO 
 OTROS ANUNCIOS
 
 131 
 Extinción derecho funerario 
  Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 21 de abril de 2010 se acordó lo siguiente:
  Habiéndose advertido el abandono y deterioro o el transcurso del plazo de concesión de las sepulturas que se indican en el anexo adjunto, se comunica a los posibles interesados la instrucción de expediente de caducidad a los efectos de declarar la extinción del derecho funerario en los casos que proceda, conforme a los artículos 10 y 11 de la ordenanza municipal de prestación de servicios en el cementerio municipal.
  	Al no conocerse los domicilios de los posibles titulares se publica en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, concediéndose un plazo de dos meses para que los interesados que tengan derecho a la subrogación, quienes deberán probar suficientemente esta legitimación, puedan oponerse a la caducidad del mismo, así como idéntico plazo para proceder a las reparaciones correspondientes previa solicitud de la oportuna licencia municipal de obras.
  Daganzo, a 21 de abril de 2010..El alcalde (firmado).
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  (02/4.317/10)</texto>
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