<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100511-107</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>ALCALÁ DE HENARES</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/05/11</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Alcalá de Henares. Urbanismo. Modificación Puntual del Plan Parcial del Sector 114 Espartales Sur</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>111</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-05-11290420100457</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/11/BOCM-20100511-107.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/11/BOCM-20100511-107.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/11/BOCM-20100511-107.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcalá de Henares</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES 
 URBANISMO
 
 107 
 Modificación Puntual del Plan Parcial del Sector 114 Espartales Sur 
  El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 16 de marzo de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:
  Primero..Aprobación definitiva de la Modificación Puntual del Plan Parcial del Sector 114, “Espartales Sur”, del Plan General de Ordenación Urbana, redactado por los Servicios Técnicos Municipales, con las condiciones puestas de manifiesto en el informe emitido por la Dirección General de Evaluación Ambiental de fecha 4 de febrero de 2010.
  Segundo..Proceder a la publicación de dicho acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con indicación de haberse procedido previamente al depósito de la correspondiente Modificación del Plan Parcial en el Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
  Tercero..Dada la existencia de varias modificaciones del Plan Parcial del Sector, se considera necesaria la elaboración de un documento de refundición que refleje tanto las nuevas determinaciones como las que quedan en vigor.
  Cuarto..Remitir el expediente a Urbanismo para su tramitación reglamentaria.
  Lo que se publica para general conocimiento en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido remitido con fecha 16 de abril de 2010 un ejemplar de la Modificación Puntual del Plan Parcial aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio en aplicación de lo previsto en los artículos 65 y 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
  Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro que estime pertinente para la defensa de sus derechos.
  Alcalá de Henares, a 19 de abril de 2010..El secretario general (firmado)
  (03/16.688/10)</texto>
</documento>