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    <departamento>DAGANZO DE ARRIBA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/05/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Daganzo. Régimen económico. Impuesto actividades económicas 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>110</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Daganzo de Arriba</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE DAGANZO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 86 
 Impuesto actividades económicas 2010 
  Exposición pública de la matrícula del censo de contribuyentes obligados y no obligados al pago del impuesto sobre actividades económicas para el ejercicio 2010.
  En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del impuesto sobre actividades económicas y se regula la delegación de competencias en materia de gestión censal, se expone al público el censo de dicho impuesto, remitido por la Administración Tributaria del Estado, que comprende los datos censales correspondientes al ejercicio 2010 de los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal en el término municipal de Daganzo a los efectos del impuesto.
  Se pone en conocimiento de los contribuyentes que el mismo estará expuesto al público en el Ayuntamiento de Daganzo, Servicio de Recaudación, en el horario, de lunes a viernes, mañanas, de nueve a catorce, durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrá ser examinado.
  Contra el acto de inclusión o exclusión del censo o de variación de los datos contenidos en el mismo, podrá interponerse, ante este Ayuntamiento, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la finalización de la exposición pública, previo al contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del recurso de reposición, si es expresa, o seis meses, si es presunta.
  Daganzo, a 11 de abril de 2010..El alcalde (firmado).
  (02/4.319/10)</texto>
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