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    <fecha_publicacion>2010/05/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Demanda 1.630 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>110</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 170 
 Demanda 1.630 de 2009 
  Doña Ángela Pardo Crespo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.630 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfredo Barba García, contra la empresa “Antisa, Sociedad Anónima”, y “C3 ATT Empresa de Trabajo Temporal, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 25 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que desestimando la demanda presentada por don Alfredo Barba García, contra “Antisa, Sociedad Anónima”, y “C3 ATT Empresa de Trabajo Temporal, Sociedad Anónima”, debo absolver y absuelvo a las empresas demandadas de los pedimentos recogidos en su contra en el escrito de demanda.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “C3 ATT Empresa de Trabajo Temporal, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 29 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/15.773/10)</texto>
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