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    <identificador>BOCM-20100507-140</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/05/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 3. Verbal desahucio pago 808 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>108</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 140 
 Verbal desahucio pago 808 de 2008 
  En el procedimiento de juicio verbal de desahucio número 808 de 2008 se ha dictado sentencia que en su fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el procurador don Francisco Arcos Sánchez, en nombre y representación de doña Fructuosa Romero Daza y don Miguel Ángel Sánchez Reviriego, sobre desahucio por falta de pago y reclamación de cantidad, y contra don José Luis Bilekera Alfaro, y, en consecuencia, declaro haber lugar al desahucio solicitado y resuelto el contrato que une a las partes, y condeno al demandado a abonar y dejar libre y espedita la vivienda sita en la calle Monegros, número 22, piso octavo D, de Leganés, y a disposición de la parte actora, con apercibimiento de lanzamiento si no lo lleva a cabo en el plazo legal, y al abono a los actores de la cantidad de 4.550 euros, más los intereses legales, y al abono de las costas procesales.
  Y para que sirva de notificación al demandado don José Luis Bilekera Alfaro, expido la presente en Leganés, a 26 de marzo de 2010..El secretario (firmado).
  (02/4.243/10)</texto>
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