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    <titulo>– Boadilla del Monte. Otros anuncios. Convocatoria juez de paz</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Boadilla del Monte</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Convocatoria juez de paz 
  Próximo a finalizar el mandato del juez de paz sustituto actual, por esta Alcaldía se ha dictado, en esta fecha, decreto por el que se efectúa convocatoria para la provisión de dicha vacante, conforme a lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, y artículo 5 y siguientes del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz, aprobado por acuerdo del Consejo General del Poder Judicial de 7 de junio de 1995.
  Interesados: los vecinos/as de este municipio que estén interesados/as en su nombramiento para el desempeño del citado cargo, que reúnan las condiciones legalmente establecidas y no incurran en las causas de incompatibilidad previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial, presentarán en la Secretaría de este Ayuntamiento, previo registro en el Registro General, sito en la calle José Antonio, número 42, 28660 Boadilla del Monta (Madrid), solicitud por escrito.
  Documentación: junto con la solicitud, los interesados deberán presentar la siguiente documentación.
  a)	Fotocopia del documento nacional de identidad.
  b)	Certificado negativo de antecedentes penales.
  c)	Declaración responsable en la que consten los siguientes extremos:
  .	Que es español/a, mayor de edad, no está impedido/a física o psíquicamente para la función judicial y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.
  .	Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
  .	Que no ha sido condenado/a por delito doloso o, en su caso, que se ha obtenido la rehabilitación.
  .	Que no está procesado/a o inculpado/a por delito doloso.
  .	Que no está incurso/a en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad o prohibición previstas en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
  d)	Breve currículo sobre formación y actividades profesionales, indicando, en su caso, puesto de trabajo que desempeña en el momento de formular solicitud y características del mismo.
  Ante las dudas que se susciten, la Alcaldía podrá requerir la presentación de documento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad a que hubiere lugar.
  Plazo: el plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del correspondiente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Elección: las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido se someterán a la consideración del Pleno de este Ayuntamiento en la primera sesión que celebre que procederá, mediante acuerdo adoptado por mayoría absoluta, a la elección, de entre las interesadas, de la persona idónea para el desempeño del puesto que se convoca.
  Boadilla del Monte, a 18 de abril de 2010..El alcalde-presidente, Juan J. Siguero Aguilar.
  (03/16.330/10)</texto>
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