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    <identificador>BOCM-20100504-70</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MADRID</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/05/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Área de planeamiento remitido 19.03 Cerro Almódovar Sur</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>105</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - Dirección General de Gestión Urbanística - Subdirección General de Promoción del Suelo - Servicio de Gestión del Suelo Privado - Departamento de Gestión Zona II</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Dirección General de Gestión Urbanística
 Subdirección General de Promoción del Suelo
 Servicio de Gestión de Suelo Privado
 Departamento de Gestión Zona 2
 
 70 
 Área de planeamiento remitido 19.03 Cerro Almódovar Sur 
  La Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 11 de marzo de 2010, y en el Registro General número 711/2005/5565, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Primero..Aprobar, de conformidad con lo establecido en el artículo 88 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, el Proyecto de Reparcelación del Área de Planeamiento Remitido 19.03, “Cerro Almodóvar Sur”, con desestimación de las alegaciones formuladas durante el período de información pública, en los términos y con arreglo a las consideraciones que se recogen en el informe emitido por la Subdirección General de Promoción del Suelo de la Dirección General de Gestión Urbanística de 1 de febrero de 2010.
  Segundo..Notificar el presente acuerdo a todos los propietarios interesados y publicarlo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de edictos del Ayuntamiento de la ciudad de Madrid y en un periódico de los de mayor difusión de conformidad con lo establecido en el artículo 111 del Reglamento de Gestión Urbanística, aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.»
  Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante el órgano que la dictó en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.
  Madrid, a 24 de marzo de 2010..El director de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, Jesús Espino Granado.
  (02/3.423/10)</texto>
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