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    <identificador>BOCM-20100504-66</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/05/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ministerio de Trabajo e Inmigración. Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Barcelona. Notificación expediente sancionador</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>105</diario_numero>
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    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN</organismo>
    <organismo>Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Barcelona</organismo>
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  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO 
  MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 
 Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Barcelona
 
 66 
 Notificación expediente sancionador 
  Notifico al trabajador don Davida Andrés Leiva Toledo, responsable relacionado con el último domicilio conocido en esta localidad, número de acta I82009000359589, de conformidad con lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Los expedientes estarán disponibles en la Sección de Sanciones de esta Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social. Al mismo tiempo se advierte del derecho que les asiste para interponer recurso de alzada, ante el órgano competente según la materia, en el plazo de un mes, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114 y sus concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, con la advertencia de que transcurrido dicho plazo, se continuará el procedimiento reglamentario, que concluye con su reclamación por la vía de apremio.
  Relación de direcciones generales ante las cuales, según la materia, puede interponer el recurso de alzada.
  .	Seguridad social: ante la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
  .	Desempleo empresa: ante la Dirección General de Trabajo.
  .	Desempleo trabajador: ante la Dirección General de Trabajo.
  .	Obstrucción: ante la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
  Barcelona, 2010..La jefa de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, PD (el secretario general), Simón Pérez Segura.
  (02/1.976/10)</texto>
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