<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100504-169</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/05/04</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 2. Ejecución 79 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>13</pagina_inicial>
    <pagina_final>13</pagina_final>
    <diario_numero>105</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-05-04200420100480</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/04/BOCM-20100504-169.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/04/BOCM-20100504-169.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/04/BOCM-20100504-169.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 169 
 Ejecución 79 de 2010 
  Doña Carmen Dolores Blanco de la Casa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 79 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos René Paredes Benalcázar, contra la empresa “Mirlux, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 5 de abril de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  En atención a lo expuesto, se acuerda:
  a)  Despachar ejecución solicitada por don Carlos René Paredes Benalcázar contra “Mirlux, Sociedad Limitada”, por un importe de 5.739,95 euros de principal, más 344,39 euros de intereses y 573,99 euros de costas presupuestadas provisionalmente.
  b)  Acumular la presente ejecución a la número 63 de 2010 seguida en este Juzgado a instancias de don Fernando Piedra Carro contra “Mirlux, Sociedad Limitada”, ascendiendo el principal de las dos ejecuciones acumuladas a 30.276,55 euros más 1.816,59 euros de intereses y 3.027,65 euros de costas presupuestadas provisionalmente.
  c)  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de diez días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora principal que le consten.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiendo que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del citado texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad.
  Y encontrándose la empresa demandada en ignorado paradero, notifíquese la misma por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia a la ejecutada que las sucesivas notificaciones se practicarán en estrados conforme a lo establecido en el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Así por este auto, lo acuerda, manda y firma su señoría el ilustrísimo señor magistrado-juez don Isidro M. Saiz de Marco. Doy fe..El magistrado-juez de lo social, Isidro M. Saiz de Marco.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mirlux, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de abril de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/14.751/10)</texto>
</documento>