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    <fecha_publicacion>2010/05/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Coslada número 4. Procedimiento ordinario 237 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>105</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 165 
 Procedimiento ordinario 237 de 2009 
  En el procedimiento ordinario número 237 de 2009, sobre procedimiento ordinario, a instancias de “Banco Finantia Sofinloc, Sociedad Anónima”, con procurador don José Francisco Reino García, y don Vasile Ghita y doña María Mirabela Ghita, con procurador sin profesional asignado, se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Se estima sustancialmente la demanda interpuesta por el procurador señor Reino, en nombre y representación de la parte actora, haciendo los siguientes pronunciamientos:
  Primero..Condeno a los demandados don Vasile Ghita y doña María Mirabela Ghita a abonar solidariamente la cantidad de 10.699,46 euros, más los intereses moratorios al 10 por 100 anual, que se computarán desde la fecha de los respectivos vencimientos respecto a las cuotas que se denuncian como insatisfechas en el escrito de demanda y desde la fecha de dicho escrito respecto al resto de la deuda.
  Segundo..Se condena a abonar las costas de este procedimiento a los demandados.
  Notifíquese a las partes personadas esta resolución.
  Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días.
  Así por esta mi sentencia la pronuncio, mando y firmo..Doy fe.
  Notifíquese la presente sentencia, dándose la publicidad en la forma ordenada por la Constitución y las Leyes, quedando luego archivada en la Secretaría del Juzgado.
  Cúmplase, al notificar esta resolución, lo dispuesto en el artículo 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Vasile Ghita y doña María Mirabela Ghita, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Coslada, a 12 de abril de 2010..El secretario (firmado).
  (02/4.114/10)</texto>
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