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    <fecha_publicacion>2010/05/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Procedimiento ordinario 706 de 2006</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>105</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 
 145 
 Procedimiento ordinario 706 de 2006 
  El secretario del Juzgado de primera instancia número 12 de Madrid.
  Hace saber: Que en el procedimiento ordinario número 706 de 2006, se ha dictado auto de 22 de diciembre de 2009 de subsanación de la sentencia de fecha 1 de diciembre de 2009, dictada en el presente procedimiento, cuyos antecedentes de hecho y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
  Antecedentes de hecho:
  Primero..En el presente procedimiento se ha dictado con fecha 1 de diciembre de 2009 sentencia que ha sido notificada a las partes.
  Segundo..Dentro del plazo establecido en el artículo 215.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se ha presentado por la parte actora escrito indicando que la resolución había incurrido en la omisión consistente en no recoger en el punto tercero del fallo el apercibimiento a los demandados de que en el caso de no llevar a efecto en el plazo previsto la elavación a público del documento privado de compraventa se otorgaría judicialmente, solicitando su subsanación.
  Parte dispositiva:
  Se subsana la omisión advertida en el punto tercero del fallo de la sentencia dictada con fecha 1 de diciembre de 2009, en los siguientes términos: “... en el plazo de un mes a contar desde la firmeza de la sentencia, apercibiendo a los demandados de que en el caso de no hacerlo así se otorgará judicialmente”.
  Notifíquese la presente resolución a la parte demandada a través de edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y que será entregado al procurador actor para que cuide de su diligenciado.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de “Crosansa, Sociedad Anónima”, y comisión gestora de acreedores de “Crosansa”, se expide la presente para que sirva de notificación.
  En Madrid, a 22 de diciembre de 2009..El secretario (firmado).
  (02/4.107/10)</texto>
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