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    <titulo>– Arganda del Rey. Organización y funcionamiento. Ordenanza registro electrónico</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>ARGANDA DEL REY</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 90 
 Ordenanza registro electrónico 
  El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 7 de abril de 2010, adoptó con las mayorías exigidas por la Ley acuerdo de aprobación inicial de la ordenanza reguladora de un Registro Electrónico y del Reglamento de la Gestión Electrónica de Documentos del Ayuntamiento de Arganda del Rey.
  De conformidad con el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a su publicación para conocimiento general por un plazo de treinta días desde el siguiente al día de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los interesados puedan presentar las alegaciones y reclamaciones que consideren oportunas ante el Pleno Municipal. Dichas alegaciones y reclamaciones se presentarán en el Registro General.
  Se podrá examinar en la Secretaría General del Ayuntamiento, de lunes a viernes, en horario de ocho a quince.
  En el caso de presentarse alegaciones, las mismas serán resueltas por el Pleno de la Corporación.
  Si no se presentasen alegaciones o reclamaciones, el acuerdo, hasta entonces inicial, se entenderá adoptado definitivamente, y contra el se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de finalización de exposición pública, sin perjuicio de otros recurso que los interesados pudiesen interponer.
  Arganda del Rey, a 12 de abril de 2010..El alcalde-presidente, Pablo José Rodríguez Sardinero.
  (03/15.511/10)</texto>
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