<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100501-12</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/05/01</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Sala de lo Social. Sección Sexta. Recurso 289 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>2</pagina_inicial>
    <pagina_final>2</pagina_final>
    <diario_numero>103</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-05-01200420100465</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/01/BOCM-20100501-12.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/01/BOCM-20100501-12.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/01/BOCM-20100501-12.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID 
 SALA DE LO SOCIAL
 Sección Sexta
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN Y EMPLAZAMIENTO
 
 12 
 Recurso 289 de 2009 
  En el recurso de casación para la unificación de doctrina, seguido ante la Sección Sexta de la Sala de lo social de este Tribunal Superior de Justicia, bajo el número 289 de 2009-AB, dimanante del recurso de suplicación número 696 de 2009, y este a su vez de los autos número 759 de 2008 del Juzgado de lo social número 19 de los de Madrid, promovidos por doña Sonia Uceda Requena, contra la mercantil “Urbanistas Consultores Asociados, Sociedad Anónima”, sobre despido, por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo en el recurso número 8/2.033 de 2009 se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
  Fallamos
  Desestimamos el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la letrada señora Meléndez Lazo, en la representación que ostenta de doña Sonia Uceda Requena, contra la sentencia de 23 de marzo de 2009 dictada por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por la que se resuelve el recurso de suplicación interpuesto por la misma parte contra la sentencia de 22 de julio de 2008, dictada por el Juzgado de lo social número 19 de los de Madrid en autos seguidos por doña Sonia Uceda Requena, contra Fondo de Garantía Salarial y “Urbanistas Consultores Asociados, Sociedad Anónima”, sobre despido. Sin costas.
  Devuélvanse las actuaciones a la Sala de lo social de procedencia, con la certificación y comunicación de esta resolución.
  Así por esta nuestra sentencia, que se insertará en la “Colección Legislativa”, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
  Y para que le sirva de notificación en forma a la mercantil “Urbanistas Consultores Asociados, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto en Madrid, a 7 de abril de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/14.792/10)</texto>
</documento>