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    <fecha_publicacion>2010/04/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Las Rozas de Madrid. Régimen económico. Tasa por instalación de quioscos, mesas y sillas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>102</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>LAS ROZAS DE MADRID</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 92 
 Tasa por instalación de quioscos, mesas y sillas 
  Aprobado por la Junta de Gobierno Local, de fecha 24 de marzo de 2010, el padrón de contribuyentes de la tasa por instalación de quioscos, mesas y sillas y por la ocupación de puestos, barracas y otros (puestos en mercadillo municipal), correspondientes al ejercicio 2010, se pone en conocimiento que dicho padrón estará a disposición del público en el plazo reglamentario a contar desde la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Esta exposición, al tratarse de tributos de cobro periódico por recibo, tiene carácter de notificación colectiva al que hace referencia el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 28 de diciembre, General Tributaria.
  Contra la liquidación conducente a la determinación de la deuda tributaria, emisión de documentos de cobro, concesión y denegación de exenciones y bonificaciones, y actos recaudatorios, podrá interponerse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, a contar desde la finalización del período de exposición al público de este anuncio, con sujeción a lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  La interposición del recurso no detendrá la acción administrativa, para la cobranza, a menos que el interesado solicite, dentro del plazo para interponer el mismo, la suspensión de la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.l) del citado Real Decreto 2/2004.
  Las Rozas de Madrid, a 25 de marzo de 2010..El alcalde, Bonifacio de Santiago Prieto.
  (02/3.682/10)</texto>
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