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    <fecha_publicacion>2010/04/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Collado Villalba. Régimen económico. Padrón tasa por la instalación de quioscos en la vía pública del año 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>102</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Collado Villalba</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 86 
 Padrón tasa por la instalación de quioscos en la vía pública del año 2010 
  Aprobado el padrón correspondiente a la tasa por la instalación de quioscos en la vía pública del año 2010, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la vigente ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección, queda expuesto al público durante el plazo de veinte días para su examen y reclamación por parte de los interesados.
  Contra las deudas consignadas en el padrón contributivo y notificadas colectivamente mediante el presente anuncio, los interesados podrán interponer, ante la concejal de Hacienda, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública.
  De conformidad con lo dispuesto en los artículos 21 y 22 de la vigente ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección, se inicia el período de pago en voluntaria del mencionado padrón correspondiente a la tasa por la instalación de quioscos en la vía pública del año 2010, desde el día 15 de abril de 2010 al 15 de junio de 2010.
  Transcurridos los períodos de pago citados, las deudas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
  Lugar de pago: “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria”, “Banco Español de Crédito”, “Banco Santander Central Hispano”, “La Caixa” y “Caja de Madrid”.
  Forma de pago: las señaladas en el artículo 80 de la referida ordenanza municipal.
  En Collado Villalba, a 13 de abril de 2010..El alcalde-presidente, José Pablo González Durán.
  (02/3.938/10)</texto>
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