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    <identificador>BOCM-20100430-229</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 34. Ejecución 10 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>102</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10 
 EDICTO
 
 229 
 Ejecución 10 de 2010 
  Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 10 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Martín Domínguez, don Fernando Martín Muñoz y doña Sonia Martínez Iglesias, contra la empresa “Geoweb Limited Oficina de Representación en España”, sobre ordinario, se ha dictado auto de fecha 17 de febrero de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  En atención a lo dispuesto, se acuerda:
  a)  Despachar ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución por un principal de 50.329,11 euros, más la cantidad de 3.019,75 euros en concepto de intereses y 5.032,91 euros en concepto de costas provisionales. Correspondiendo a don Francisco Javier Martín Domínguez 21.661,67 euros, a don Fernando Martín Muñoz 16.346,14 euros y a doña Sonia Martínez Iglesias 12.321,30 euros.
  b)  Respecto a la audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, estese a lo acordado en propuesta de providencia de fecha 18 de enero de 2010.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por el ejecutado en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Geoweb Limited Oficina de Representación en España”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 17 de febrero de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/14.434/10)</texto>
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