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    <titulo>Madrid número 9. Demanda 1.833 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 164 
 Demanda 1.833 de 2009 
  Don José Ignacio Atienza López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.833 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana María Álamo Caballero, contra las empresas “Instalaciones y Proyectos Integrales de Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, “Instalaciones y Proyectos de Telecomuni”, “Soluziona, Sociedad Anónima”, “Human Group Quality Empresa de Trabajo Temporal, Sociedad Anónima”, y “Alta Gestión, Sociedad Anónima, ETT”, sobre despido, se ha dictado providencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Providencia
  Ilustrísimo magistrado-juez de lo social, señor Reyero Sahelices..En Madrid, a 5 de abril de 2010.
  Se tiene por formalizado en tiempo y forma el recurso de suplicación interpuesto en su día contra la sentencia dictada en este proceso. Se acuerda formar pieza separada que se encabezará con testimonio de la resolución recurrida, y dar traslado del escrito de formalización a la parte contraria para su impugnación, si así le conviniere, en término de cinco días, impugnación que deberá llevar firma de letrado para su admisión a trámite. Se advierte a las partes para que señalen en su escrito de impugnación domicilio en la sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid a los efectos previstos en el artículo 196 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Notifíquese a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Así lo manda y firma su señoría, de lo que doy fe..El secretario judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Human Group Quality Empresa de Trabajo Temporal, Sociedad Anónima”, y “Alta Gestión, Sociedad Anónima, ETT”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido y firmo la presente.
  En Madrid, a 30 de marzo de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/14.544/10)</texto>
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