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    <titulo>Madrid número 8. Demanda 1.552 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 8 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 218 
 Demanda 1.552 de 2009 
  Doña Enriqueta Salvador Fernández, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 8 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.552 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alba Francisco Javier Mallo, contra la empresa “GSR Sinérgica de Prevención, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 109 de 2010
  En Madrid, a 22 de marzo de 2010..Por la ilustrísima señora doña Pilar Varas García, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 8 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre reclamación de cantidad, entre partes: de una, y como demandante, don Alba Francisco Javier Mallo, que comparece asistida por el letrado don Diego Sánchez Cenizo, y de otra, como demandados, “GSR Sinérgica de Prevención, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia.
  Fallo
  Que estimando la demanda en reclamación de cantidad interpuesta por don Francisco Mallo Alba, vengo a condenar a la empresa “GSR Sinérgica de Prevención, Sociedad Limitada”, a satisfacerle, por los conceptos de la demanda la cantidad de 1.249,96 euros, con más el 10 por 100 anual de interés por mora.
  Se notifica esta sentencia a las partes, con la advertencia de que contra ella no cabe formular recurso de suplicación conforme a lo establecido en el artículo 189 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “GSR Sinérgica de Prevención, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 30 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/14.371/10)</texto>
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