<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100428-350</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/04/28</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 39. Demanda 1.197 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>19</pagina_inicial>
    <pagina_final>19</pagina_final>
    <diario_numero>100</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-04-28220420100147</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/28/BOCM-20100428-350.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/28/BOCM-20100428-350.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/28/BOCM-20100428-350.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 350 
 Demanda 1.197 de 2009 
  Doña Margarita Martínez González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.197 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Elena Castilla López, contra la empresa “Sting Havilland TPS, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia y aclaración de la sentencia siguiente:
  Sentencia número 452 de 2009
  En Madrid, a 10 de diciembre de 2009.
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta por don Akil Absallah, frente a “Mármoles y Pavimentos Nova, Sociedad Limitada”, en reclamación de salarios y liquidación, debo condenar y condeno a la citada empresa demandada al abono al actor de la cantidad de 526,48 euros en concepto de cantidad bruta reclamada, cantidad que deberá ser incrementada con el recargo del 10 por 100 de interés por mora.
  Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Auto
  Vistos por mí, doña María Luz Rico Recondo, magistrada-juez los presentes autos..En Madrid, a 22 de enero de 2010.
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta por doña María Elena Castilla López, frente a “Sting Havilland TPS, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la citada empresa demandada al abono a la actora de la suma de 1.530 euros en concepto de cantidad bruta reclamada, cantidad que deberá ser incrementada con el recargo del 10 por 100 de interés por mora.
  Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, María Luz Rico Recondo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sting Havilland TPS, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/14.054/10)</texto>
</documento>