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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 50. Procedimiento 1.130 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>100</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 50 
 EDICTO
 
 143 
 Procedimiento 1.130 de 2009 
  Por la presente , y en virtud de lo acordado en el procedimiento ordinario número 1.130 de 2009, seguidos en este Juzgado por la comunidad de propietarios de la calle Puerto de la Cruz, número 5, de Madrid, representada por la procuradora doña Pilar Moyano Núñez, contra don Mohammed Farihe, se le notifica la sentencia a don Mohammed Farihe, dado su ignorado paradero, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por la comunidad de propietarios de la finca de Puerto de la Cruz, número 5, de Madrid, representada por la procuradora doña Pilar Moyano Núñez, contra don Mohammed Farihe, debo condenar y condeno al demandado a abonar la cantidad de 9.350,45 euros, más los intereses legales desde la interpelación judicial, con imposición de costas a la parte actora.
  Así por esta mi sentencia, que se notificará en legal forma a las partes, definitivamente juzgando en instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo de la Ley de Enjuiciamiento Civil). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitando a citar la resolución apelada manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamiento que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Debiéndose consignar en la cuenta del Juzgado (código de cuenta 2544) la cantidad de 50 euros, en concepto de depósito para recurrir, indicándose la clase y número de procedimiento, así como la fecha de la resolución recurrida. No se admitirá a tramite el recurso si no se constituye este depósito, lo que deberá acreditarse ante este Juzgado mediante la presentación de copia del resguardo y orden de ingreso.
  Y para que sirva de notificación de don Mohammed Farihe, dado su paradero desconocido, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado, que firma en Madrid, a 5 de abril de 2010..La secretaria (firmado).
  (02/3.864/10)</texto>
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