<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100427-94</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MADRID</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/04/27</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Madrid. Otros anuncios. Junta Municipal de Distrito de Latina. Expedientes sancionadores</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>99</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/2010-04-27190420100301</url_html>
    <url_xml>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/27/BOCM-20100427-94.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/27/BOCM-20100427-94.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://originjofjn-boc.comunidad.madrid/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/27/BOCM-20100427-94.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Junta Municipal de Distrito de Latina - Sección de Procedimiento Sancionador</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 OTROS ANUNCIOS
 Junta Municipal de Distrito de Latina
 Sección de Procedimiento Sancionador
 
 94 
 Expedientes sancionadores 
  Por el presente anuncio se notifica a los interesados que se relacionan en el anexo adjunto las resoluciones que a continuación se indican, advirtiéndose que dichas resoluciones ponen fin a la vía administrativa y contra las mismas se podrán interponer los siguientes recursos:
  I.  Recurso potestativo de reposición, ante el gerente del Distrito de Latina, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con los artículos 107 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  II.  Directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
  III.  Todo ello sin perjuicio de que los interesados ejerciten cualquier otro recurso que estimen pertinente (artículo 58 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
  Lo que se comunica a efectos de lo previsto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 61 del mismo texto legal, por considerar que la publicación íntegra de los actos administrativos podría lesionar los derechos e intereses legítimos de dichos interesados.
  El importe de dicha sanción podrán hacerlo efectivo mediante el abonaré que podrán retirar en el Negociado de Gestión, Sección de Procedimiento Sancionador, del Distrito de Latina, en horario de nueve a once horas, de lunes a viernes, debiendo realizarse, en período voluntario, en los siguientes plazos:
  a)	Si la publicación del anuncio se realiza entre los días 1 y 15 del mes en curso, desde la fecha de publicación hasta el día 20 del mes posterior, o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
  b)	Si la publicación del anuncio se realiza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de publicación hasta el día cinco del segundo mes posterior, o si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
  De no realizar el oportuno ingreso en el plazo indicado, se procederá a su exacción por vía de apremio, con los recargos legalmente exigibles.
  Relación de expedientes sancionadores
  	Referencia. . Interesado. . Fecha de resolución. . Norma infringida. . Sanción
  110/2009/01623. . José Luis Agudín Torres. . 8 de febrero de 2010. . Artículo 13 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid. . 3.005,07 euros.
  110/2009/01633. . Miguel Trenado Sánchez. . 10 de diciembre de 2009. . Artículo 13 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid. . 3.005,07 euros.
  110/2009/10450. . Pedro Utrilla Ortega. . 25 de enero de 2010. . Artículo 22 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid. . 1.202,02 euros.
  110/2009/10451. . Pedro Utrilla Ortega. . 25 de enero de 2010. . Artículo 22 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid. . 601,01 euros.
  110/2009/05220. . Grober Laaz Jiménez. . 29 de diciembre de 2009. . Artículo 22 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid. . 600,01 euros.
  110/2009/05184. . Lucio González Martín. . 21 de julio de 2009. . Artículo 22 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid. . 450,76 euros.
  110/2009/15179. . Aniceto Quevedo Díaz. . 25 de enero de 2010. . Artículos 50.12 y 51.1 de la Ley 11/1998, de 9 de junio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid. . 400 euros.
  110/2009/14938. . Jesús Gómez Yebra. . 3 de marzo de 2010. . Artículos 4 y 8 de la Ordenanza Reguladora de las Terrazas de Veladores y Quioscos de Hostelería. . 851 euros.
  110/2009/09599. . Qui Lou. . Artículos 8 y 17 de la Ordenanza Reguladora de las Terrazas de Veladores y Quioscos de Hostelería. . 915,58 euros.
  110/2009/12313. . Comidas Rápidas Doble H, JC. . 12 de enero de 2010. . Artículo 4 de la Ordenanza Reguladora de las Terrazas de Veladores y Quioscos de Hostelería. . 125 euros.
  110/2009/09621. . Antonia Herlinda Somoza Arellano. . 29 de diciembre de 2009. . Artículos 4 y 8 de la Ordenanza Reguladora de las Terrazas de Veladores y Quioscos de Hostelería. . 851 euros.
  110/2009/12320. . Francisco José Sánchez Rufo. . 12 de enero de 2010. . Artículo 4 de la Ordenanza Reguladora de las Terrazas de Veladores y Quioscos de Hostelería. . 125 euros.
  110/2008/14216. . Grober Laaz Jiménez. . 29 de diciembre de 2009. . Artículo 4 de la Ordenanza Reguladora de las Terrazas de Veladores y Quioscos de Hostelería. . 2.056,02 euros.
  Madrid, a 5 de abril de 2010..El gerente del Distrito de Latina, PO, el jefe del Departamento Jurídico, José Carlos Pascual Echalecu.
  (02/3.660/10)</texto>
</documento>