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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 33. Demanda 158 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>99</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 300 
 Demanda 158 de 2010 
  Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 158 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Santiaga Merchante Caballero, contra las empresas “Concierto Bienestar, Sociedad Limitada, Galapagar”, “Valoriza Servicio a la Dependencia, Sociedad Limitada”, y Ayuntamiento de Galapagar, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
  Estimo la demanda formulada por doña Santiaga Merchante Caballero y condeno a los demandados “Concierto Bienestar, Sociedad Limitada, Galapagar”, “Valoriza Servicio a la Dependencia, Sociedad Limitada”, y Ayuntamiento de Galapagar a que, solidariamente, abonen a la demandante la suma de 489,02 euros y 48,90 euros de interés por mora.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Concierto Bienestar, Sociedad Limitada, Galapagar”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/14.131/10)</texto>
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