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    <fecha_publicacion>2010/04/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 15. Demanda 1.517 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>99</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 239 
 Demanda 1.517 de 2009 
  Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.517 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfonso Fernández Arriero, don Ángel Martín Santiago, don Ángel Martín Soto, don Antonio Jesús Palomar Utero, don David Ontoria, don Félix Moreno Vicente, don Graciano Jiménez Ávila, don Jesús Gómez López, don Juan Carlos Bellido, don Juan Carlos Palomar Utrero y don Pedro Vicente Pardo, contra la empresa “Encofrados Cayfe, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la resolución siguiente:
  Estimo la demanda y condeno a “Encofrados Cayfe, Sociedad Limitada”, a abonar a cada demandante las cantidades que seguidamente se indicarán, precisándose a efectos de las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de este procedimiento respecto del Fondo de Garantía Salarial la cantidad que de dicho total corresponde a indemnización, con más el 10 por 100 de interés por mora que también se detalla:
  A don Alfonso Fernández Arriero: 4.182,20 euros de total adeudado, 1.904,04 euros de indemnización, y 227,82 euros de 10 por 100 por mora.
  A don Ángel Martín Santiago: 2.760,41 euros de total adeudado, 484,31 euros de indemnización, y 227,61 euros de 10 por 100 por mora.
  A don Ángel Martín Soto: 1.327,27 euros de total adeudado, y 132,73 euros de 10 por 100 por mora.
  A don Antonio Jesús Palomar Utero: 1.013,82 euros de total adeudado, 220,10 euros de indemnización, y 79,37 euros de 10 por 100 por mora.
  A don David Ontoria: 2.530,44 euros de total adeudado, 566,36 euros de indemnización, y 196,41 euros de 10 por 100 por mora.
  A don Félix Moreno Vicente: 1.874,73 euros de total adeudado, y 187,45 euros de 10 por 100 por mora.
  A don Graciano Jiménez Ávila: 3.386,18 euros de total adeudado, 1.208,24 euros de indemnización, y 338,62 euros de 10 por 100 por mora.
  A don Jesús Gómez López: 3.386,18 euros de total adeudado, 1.208,24 euros de indemnización, y 227,82 euros de 10 por 100 por mora.
  A don Juan Carlos Bellido: 2.624,55 euros de total adeudado, 610,89 euros de indemnización, y 261,37 euros de 10 por 100 por mora.
  A don Juan Carlos Palomar Utero: 1.074,66 euros de total adeudado, 231,08 euros de  indemnización, y 84,36 euros de 10 por 100 por mora.
  A don Pedro Vicente Pardo: 1.787,61 euros de total adeudado, y 178,76 euros de 10 por 100 por mora.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia o por simple manifestación en el momento en que se le practique la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social o causahabiente suyo, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, y, en todo caso, al personal estatutario, que deberá depositar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado, con el número 2513, clave 65 (haciendo referencia al número de autos), acreditando mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado en sentencia al pago de alguna cantidad, consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado, con el número 2513, clave 65 (haciendo referencia al número de autos), la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándolos a este Juzgado con el anuncio de recurso. En todo caso, el recurrente deberá designar letrado para la tramitación del recurso al momento de anunciarlo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Encofrados Cayfe, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/13.824/10)</texto>
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