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    <titulo>Madrid número 5. Demanda 33 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 206 
 Demanda 33 de 2009 
  Doña María José Sotorra Campodarve, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 33 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Mutual Midat Cyclops, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, contra doña Piedad Parra Campayo, don Octavio Herrero Rivas, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 591 de 2009
  En nombre de Su Majestad el Rey..En Madrid, a 30 de noviembre de 2009.
  Fallo
  Que desestimando la demanda interpuesta por “Mutual Midat Cyclops, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social”, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y doña Piedad Parra Campayo, debo absolver y absuelvo a los codemandados de los pedimentos de la parte actora.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del plazo indicado.
  Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 150,25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2503 en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Octavio Herrero Rivas, en ignorado paradero, y se hace saber que las siguientes y sucesivas notificaciones se realizarán por estrados, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/14.003/10)</texto>
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