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    <fecha_publicacion>2010/04/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Navalcarnero número 1. Juicio de faltas 146 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>99</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 181 
 Juicio de faltas 146 de 2009 
  Doña Gisela García de la Morena, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 146 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Navalcarnero, a 11 de mayo de 2009..Vistos por doña Ana Rosa Bernal Dafauce, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Navalcarnero, los presentes autos de juicio de faltas seguidos al número 146 de 2009, sobre la presunta falta de hurto, con intervención del ministerio fiscal en representación de la acción pública, como denunciante, doña Corina Margareta Moldovan, quien no compareció, siendo perjudicado el establecimiento “Hipercor” del centro comercial “Xanadú” (Madrid), que no compareció.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Corina Margareta Moldovan, como autora de una falta de hurto, a la pena de cuarenta días de multa, con una cuota diaria de 8 euros, y con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, debiendo indemnizar al establecimiento “Hipercor” del centro comercial “Xanadú” (Madrid) en la cantidad de 120 euros, y al pago de las costas de este procedimiento, si las hubiera, procediendo la entrega definitiva al establecimiento “Hipercor”, en concepto de dueño de los efectos sustraídos en perfectas condiciones para ponerse a la venta, requiriéndose al mismo para que deposite en la sede de este Juzgado las camisetas de la marca “Ralph Lauren” a fin de proceder a su destrucción.
  Notifíquese esta sentencia a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Corina Margareta Moldovan, actualmente en paradero desconocido y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 26 de marzo de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/13.951/10)</texto>
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