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    <titulo>Majadahonda número 4. Declaración de fallecimiento 38 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>99</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 178 
 Declaración de fallecimiento 38 de 2009 
  En el procedimiento de declaración de fallecimiento número 38 de 2009-Y, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Providencia
  Ilustrísima señora magistrada-juez, doña Yolanda Rodríguez Tapia..En Majadahonda, a 7 de septiembre de 2009.
  Dada cuenta; recibido en este Juzgado el precedente escrito y documentos que se acompañan de la procuradora doña María Pardo Martínez, se admite a trámite, registrándose e incoándose expediente de jurisdicción voluntaria sobre declaración de fallecimiento de don Miguel Sanz Llorente, teniendo en el mismo por personada a dicha procuradora en nombre y representación de don Antonio Sanz Llorente, entendiéndose con ella las sucesivas notificaciones y diligencias en virtud del poder “apud acta” otorgado en la Secretaría del Juzgado.
  Recíbase la información testifical de al menos tres testigos, y ratificación de la demanda de don Antonio Sanz Llorente, señalándose para su práctica el día 30 de septiembre de 2009 y hora de las diez y treinta de su mañana.
  Publíquense edictos anunciando la incoación del expediente en el periódico “El País”, en el “Boletín Oficial del Estado”, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado. Verificado, se acordará lo procedente.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
  Así lo manda y firma su señoría. Doy fe..El secretario (firmado)..La magistrada-juez (firmado).
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Miguel Sanz Llorente, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Majadahonda, a 15 de marzo de 2010..El secretario (firmado).
  (02/3.779/10)</texto>
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