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    <fecha_publicacion>2010/04/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcalá de Henares número 5. Juicio de faltas 1.215 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>99</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 173 
 Juicio de faltas 1.215 de 2009 
  Doña María Elena Sánchez Ranz, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 (anterior mixto número 10) de Alcalá de Henares.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.215 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 14 de 2010
  En Alcalá de Henares, a 13 de enero de 2010..Doña Ana María Gallegos Atienza, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 5 de Alcalá de Henares y su partido, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 1.215 de 2009, incoados por una presunta falta de hurto, con intervención del ministerio fiscal, y en los que han sido partes: don Juan Antonio Ávila Sánchez, como denunciante, y don Adrián Salomón, como denunciado, dicta la presente resolución que basa en lo siguiente:
  Que debo condenar y condeno a don Adrián Salomón, como autor de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, a razón de 3 euros de cuota diaria, debiendo indemnizar a don Juan Antonio Ávila Sánchez en la cantidad de 152 euros por los objetos sustraídos. En caso de impago, el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y con imposición de las costas procesales.
  Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación, ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación.
  Notifíquese la presente resolución en legal forma a todas las partes, líbrese una certificación para unir a las actuaciones, incorporando el original al libro de sentencias de este Juzgado.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Adrián Salomón, que también utiliza el nombre de Bogdan Andrei, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Alcalá de Henares, a 25 de marzo de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/13.991/10)</texto>
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