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    <fecha_publicacion>2010/04/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Villamanta. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Villamanta</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 147 
 Modificación ordenanza fiscal 
  En la intervención de este Ayuntamiento, y a los efectos del artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, se halla expuesto al público el expediente de la aprobación provisional de la modificación puntual de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, que fue adoptado por la Corporación en Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 26 de marzo de 2010.
  Los interesados legítimos a que hace referencia el artículo 18 de la Ley citada, podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas contra el acuerdo provisional de modificación puntual del tributo citado, con sujeción a las reglas que se indican a continuación:
  1.  Plazo de exposición pública y de presentación de reclamaciones: treinta días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  2.  Oficina de presentación: Ayuntamiento.
  3.  Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento en Pleno.
  En Villamanta, a 7 de abril de 2010..El alcalde-presidente, Pedro Luis Dorado del Álamo.
  (03/14.875/10)</texto>
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