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    <departamento>TORREJÓN DE ARDOZ</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Torrejón de Ardoz. Urbanismo. Plan Especial Mejora Urbana</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>99</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ 
 URBANISMO
 
 140 
 Plan Especial Mejora Urbana 
  Don Pedro Rollán Ojeda, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz (Madrid).
  Hace saber: Que por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 24 de marzo de 2010, se aprobó con carácter definitivo el Plan Especial de Mejora Urbana de la Unidad de Ejecución UE-H, “Herrería”, del Plan General de Ordenación Urbana de Torrejón de Ardoz, fijando el sistema de ejecución por cooperación.
  Como anexo I al presente anuncio se publica el articulado íntegro de la normativa, por indicación del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan Especial en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.
  Frente a la presente Resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo haya dictado en un plazo de un mes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117.1 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, en virtud de lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime pertinente en defensa de sus intereses y derechos.
   							Ver en documento PDF 						 
  Torrejón de Ardoz, a 9 de abril de 2010..El alcalde-presidente (firmado).
  (03/15.229/10)</texto>
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