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– Orden 21/2010, de 16 de marzo, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal “Subvenciones de Inmigración”</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
  CONSEJERÍA DE INMIGRACIÓN Y COOPERACIÓN 
 
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 Orden 21/2010, de 16 de marzo, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal “Subvenciones de Inmigración”. 
  Con el fin de gestionar de una manera más ágil las convocatorias de subvenciones para Programas y Proyectos de inmigración, es preciso obtener una serie de datos personales de los representantes legales y responsables de los proyectos de entidades sin ánimo de lucro que soliciten dichas subvenciones. A tal efecto, se hace necesario crear un fichero de datos de carácter personal.
  La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 4.1 que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal incluido en el ámbito de aplicación de la presente Ley se realizará mediante disposición de carácter general que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, mediante Orden del Consejero respectivo.
  La creación de este fichero se ajusta a los términos y condiciones fijados, tanto en la Ley 8/2001, de 13 de julio, citada, como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal.
  Esta Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.
  En su virtud, haciendo uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente:
  DISPONGO
  Artículo primero
  Crear el fichero automatizado de datos de carácter personal previsto en el Anexo de la presente Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal de la Comunidad de Madrid.
  Artículo segundo
  En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos personales contenidos en el fichero que se crea, se dará cumplimiento, en los términos que se establecen en el Anexo a esta Orden, a lo previsto en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal.
  DISPOSICIÓN FINAL
  La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Madrid, a 16 de marzo de 2010.
  		El Consejero de Inmigración y Cooperación, 		JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC
  ANEXO I
  CREACIÓN DE FICHEROS
  Fichero: SUBVENCIONES DE INMIGRACIÓN.
  Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Inmigración y Cooperación, Dirección de Inmigración de la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación.
  Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Consejería de Inmigración y Cooperación, Dirección de Inmigración de la Agencia Regional para la Inmigración y la Cooperación.
  Nombre y descripción del fichero: SUBVENCIONES DE INMIGRACIÓN.
  Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.
  Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.
  Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:
  .	Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, firma electrónica, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella.
  .	Otros datos de carácter identificativo: Fax, correo electrónico.
  Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: RECOGER DATOS IDENTIFICATIVOS DE REPRESENTANTES LEGALES Y RESPONSABLES DE PROYECTOS DE ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO QUE SOLICITEN SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INMIGRACIÓN.
  Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: REPRESENTANTES LEGALES.
  Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal.
  Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: No se prevén cesiones.
  (03/12.008/10)</texto>
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