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    <titulo>Madrid número 33. Demanda 1.629 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 264 
 Demanda 1.629 de 2009 
  Don José Luis Sanz Hernández, secretario judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.629 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Laura Delgado Gómez, contra las empresas “UTE Servicios Aeropuesto de Barajas”, “Ferrovial Servicios, Sociedad Anónima”, “Eurolimp, Sociedad Anónima”, y “Licuas, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia:
  Sentencia
  En Madrid, a 18 de marzo de 2010.
  Fallo
  Que desestimando la demanda de despido interpuesta por doña Laura Delgado Gómez, contra “UTE Servicios Aeropuesto de Barajas”, “Ferrovial Servicios, Sociedad Anónima”, “Eurolimp, Sociedad Anónima”, y “Licuas, Sociedad Anónima”, debo absolver y absuelvo a las demandadas de todos los pronunciamientos deducidos en su contra.
  Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que pueden recurrir en suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de cinco días hábiles a contar del siguiente a la notificación por medio de comparecencia o por escrito; siendo indispensable, si el recurrente no ostenta el carácter de trabajador y no goza del beneficio de justicia gratuita, que presente resguardo acreditativo de haber ingresado, en impreso separado, el total al que se le condena, y sin cuyo requisito no se tendrá por anunciado el recurso, y al mismo tiempo para su formalización deberá presentar resguardo de ingreso del depósito especial de 25.000 pesetas (150,25 euros), ambos en la cuenta abierta a tal efecto en “Banesto”, y sin cuyo requisito no podrá tenerse en cuenta el recurso y quedará firme la sentencia.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “UTE Servicios Aeropuesto de Barajas”, “Ferrovial Servicios, Sociedad Anónima”, “Eurolimp, Sociedad Anónima”, y “Licuas, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de marzo de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/13.391/10)</texto>
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