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    <fecha_publicacion>2010/04/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 30. Demanda 1.712 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 257 
 Demanda 1.712 de 2009 
  Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.712 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Sanz Mancebo, contra “Nuada, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 24 de febrero de 2010, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por don Carlos Sanz Mancebo, como parte actora, que comparece representada por el letrado don Sotero Organero Vélez, contra, como demandada, “Nuada, Sociedad Anónima”, que no comparece, declaro la improcedencia del despido y extinguida la relación laboral con efectos de la presente resolución, y condeno a la empresa demandada a satisfacer a la parte actora la cantidad de 45.412,50 euros como indemnización, y de 6.020 euros como salarios de tramitación.
  Contra la presente sentencia definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 189 de la Ley de Procedimiento Laboral, procede recurso de suplicación.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Nuada, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 15 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/13.571/10)</texto>
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