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    <fecha_publicacion>2010/04/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Demanda 758 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 223 
 Demanda 758 de 2009 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 758 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Esteban Alonso Salinas Araya, doña María Ángeles Ruiz González y don Adolfo Cabañas Blanco, contra don Javier Carro González, y tres más, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número  de 2010
  En Madrid, a 19 de febrero de 2010..Doña María del Carmen Camargo Sánchez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 12 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre ordinario, extinción de contrato de trabajo, entre partes: de una, y como demandantes, don Esteban Alonso Salinas Araya, que comparece con asistencia del letrado don Francisco Javier Basilio Barbero, doña María Ángeles Ruiz González, que no comparece con la asistencia del letrado don Jesús Vázquez Montilla y don Adolfo Cabañas Blanco, que comparece con la asistencia del letrado don Ricardo Callejo García, y de otra, como demandada, “Clínicas, Sociedad Anónima”, que comparece representada y asistida de la letrada doña María de la Almudena Peña Peña. Los administradores concursales de la empresa demandada, don Emilio González Bilbao, don Javier Carro González y don Fernando Gómez Martín no han comparecido, habiendo sido debidamente citados. El Fondo de Garantía Salarial tampoco ha comparecido habiendo sido citado, en nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que debo estimar y estimo las demandas de los actores, don Esteban Alonso Salinas Araya, doña María Ángeles Ruiz González y don Adolfo Cabañas Blanco, y declaro extinguidos y resueltos sus contratos laborales con la empresa demandada, “Clínicas, Sociedad Anónima”, por incumplimiento de deberes y obligaciones empresariales. En consecuencia, condeno a dicha empresa a estar y pasar por estas declaraciones, y como consecuencia de todo ello, a abonar al actor don Esteban Alonso Salinas Araya la cantidad de 5.383,31 euros en concepto de indemnización, a abonar a la actora doña María Ángeles Ruiz González la cantidad de 6.160,98 euros en concepto de indemnización y a abonar al actor don Adolfo Cabañas Blanco la cantidad de 10.628,99 euros en concepto de indemnización.
  Contra esta resolución cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas pro comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.
  Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la cuenta de este Juzgado en la sucursal del banco grupo “Banesto”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además, deberá acreditar el recurrente hacer consignado en la misma entidad bancaria, la cantidad objeto de condena. Al hacer es anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera, se designará de oficio.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Javier Carro González, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/13.497/10)</texto>
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