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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Sala de lo Contencioso-Administrativo. Sección Segunda. Recurso 1.235 de 2006</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>98</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID 
 SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
 Sección Segunda
 EDICTO
 
 184 
 Recurso 1.235 de 2006 
  Ilustrísimos señores: presidente, don Francisco Gerardo Martínez Tristán, y magistrados, don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez, doña Elvira A. Rodríguez Martí, don Miguel Ángel García Alonso, don Francisco Javier Canabal Conejos, doña Sandra González de Lara Mingo y don Marcial Viñoly Palop..En la villa de Madrid, a 12 de noviembre de 2009.
  Vistos por la Sala, constituida por los señores citados de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos de recurso contencioso-administrativo número 1.235 de 2006, interpuesto por la entidad Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid, representada por el procurador don Santos Gandarillas Carmona y asistida por el letrado don Francisco Javier Berriatúa Horta, contra la ordenanza de diseño y gestión de obras en la vía pública del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por el Pleno de la Corporación de fecha 31 de mayo de 2006 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de junio de 2006. Ha sido parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el procurador don Luis Fernando Granados Bravo.
  Fallamos
  Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el procurador don Santos Gandarillas Carmona, en nombre y representación de la entidad Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid, contra la ordenanza de diseño y gestión de obras de la vía pública del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por el Pleno de la Corporación de fecha 31 de mayo de 2006 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de junio de 2006, por ser los artículos 26 y 27 de la misma ajustados a derecho, sin especial declaración en cuanto a las costas procesales causadas.
  Notifíquese la presente resolución, con la advertencia de que la misma no es firme, pudiendo interponerse recurso de casación que habrá de prepararse ante esta misma Sala en el plazo de los diez días siguientes a la notificación de la presente resolución, previa constitución del depósito de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en esta Sección, tal y como establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.
  Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
  Y para su publicación a los efectos del artículo 126 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa expido el presente.
  En Madrid, a 24 de marzo de 2010..El secretario (firmado).
  (03/13.903/10)</texto>
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