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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>VELILLA DE SAN ANTONIO</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Velilla de San Antonio. Organización y funcionamiento. Delegación de competencias</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>98</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Velilla de San Antonio</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 176 
 Delegación de competencias 
  La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio ha emitido el siguiente decreto, cuyo texto íntegro dice:
  En virtud de las competencias que se me confieren de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.2.3 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y los artículos 41, 43, 44, 45 y 46 del Reglamento de Organización y Funcionamiento, decreto:
  Primero..Delegar en los concejales/as que a continuación se especifican y para las materias que se indican:
  Concejalía de Sanidad y Consumo, Cultura, Festejos, Mujer y Servicios de Alcantarillado: doña María Olga Bueno Dueñas, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía.
  Área de Sanidad y Consumo:
  .	Impulso y dirección política de las competencias que se atribuyan al Ayuntamiento, y en concreto:
  l	Seguimiento y control de la política sanitaria dentro del municipio.
  l	Seguimiento y control del servicio sanitario y en especial del Centro de Salud Municipal.
  l	Impulso y seguimiento de la gestión de la Mancomunidad de Consumo “Henares-Jarama”.
  l	Impulso y seguimiento de la política sanitaria animal.
  Área de Cultura:
  .	Impulso y dirección política tendentes al fomento de la cultura en el municipio, y en concreto:
  l	Realización de actividades culturales en el municipio.
  l	Impulso institucional del Auditorio Municipal.
  l	Impulso institucional de la Biblioteca Municipal.
  Área de festejos:
  Organización, impulso y promoción de las festividades locales y, en concreto, el impulso, seguimiento y gestión de las fiestas patronales y actividades taurinas.
  Área de Mujer:
  .	Impulso y dirección política tendentes a la efectiva integración de las mujeres en la sociedad, y en concreto:
  l	Promoción de actividades para la mujer.
  l	Coordinación con las actividades de otras áreas que puedan fomentar estos  fines.
  l	Seguimiento del desarrollo de los Planes de Igualdad entre hombres y mu- jeres.
  l	Dirección del Centro Asesor de la Mujer.
  Servicios de Alcantarillado:
  .	Seguimiento y concesión de los permisos de enganches de agua y alcantarillado (licencias de cala, etcétera).
  .	Seguimiento del servicio de agua y alcantarillado público.
  Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.
  Concejalía de Infancia y Juventud, Mayores y Servicios Sociales: doña Teresa Angullo García, que tendrá las siguientes competencias genéricas de entre las propias de la Alcaldía.
  Área de Infancia y Juventud.
  .	Impulso y dirección política de las iniciativas que han de cubrir la banda poblacional denominada infancia y juventud, a fin de fomentar su mejor incorporación activa a todos los aspectos sociales, y en concreto:
  l	El fomento de actividades que cumplan dicho fin.
  l	La Casa de la Juventud.
  l	Protección y atención de los niños y niñas de la localidad.
  Área de Mayores:
  .	Impulso y dirección política de los derechos de las personas mayores, y en concreto:
  l	Relaciones institucionales con el colectivo de la tercera edad.
  l	Casa de la Tercera Edad.
  l	Actividades de la tercera edad.
  Área de Servicios Sociales.
  .	Impulso y dirección política de las competencias en Servicios Sociales que tenga asignado el municipio, lo que se concreta en:
  l	Vocal de la Mancomunidad de Servicios Sociales, relaciones con la misma.
  l	Organización de las actividades propias de los Servicios Sociales del municipio en relación con la Mancomunidad o fuera de esta.
  l	Actividades sociales.
  l	Servicios sociales de carácter general.
  Organización y seguimiento del personal adscrito a estas áreas.
  Segundo..Mantener el resto de competencias delegadas en los distintos concejales según el decreto 2962/2009.
  Tercero..Notificar este nombramiento a los concejales designados.
  Cuarto..Publicar los nombramientos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID , en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 46.1 del Reglamento de Organización y Funcionamiento, y exponer en el tablón de anuncios el presente decreto para conocimiento general.
  Quinto..Dar cuenta al Pleno en cumplimiento con lo preceptuado en los artículos 38 y 46 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Comunidades Locales.
  En Velilla de San Antonio, a 5 de abril de 2010..Ante mí, el secretario general, Carlos L. Miró Mancebo..El alcalde-presidente, Julio Sánchez Alarilla.
  Lo que se hace público en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Comunidades Locales.
  En Velilla de San Antonio, a 6 de abril de 2010..El secretario general, Carlos L. Miró Mancebo.
  (03/14.450/10)</texto>
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