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    <identificador>BOCM-20100426-104</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Ministerio de Trabajo e Inmigración. Instituto Nacional Seguridad Social. Desestimar reclamación</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>98</diario_numero>
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    <seccion>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO</seccion>
    <organismo>MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN</organismo>
    <organismo>Dirección Provincial de Madrid - Instituto Nacional de la Seguridad Social</organismo>
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  <texto>II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO 
  MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN 
 Instituto Nacional de la Seguridad Social
 Dirección Provincial de Madrid
 
 104 
 Desestimar reclamación 
  Doña Paloma Brull Sierra, como responsable de la Subdirección Provincial de Incapacidad Permanente, de la Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social, de la que es directora doña Carmen López Hidalgo.
  Certifico: Que con fecha 14 de diciembre de 2009 y con número de registro de salida 200900000109091, esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social remitió a la empresa “Contenedores Valdes, Sociedad Limitada”, la resolución de Reclamación Previa emitida el 30 de noviembre de 2009, en el expediente número 2006/107 tramitado a nombre del trabajador don Miguel Ángel Otero Peña, en cuya parte dispositiva textualmente se dice:
  «Resuelve:
  Desestimar la reclamación previa interpuesta por el representante legal de la empresa “Contenedores Valdes, Sociedad Limitada”, contra la resolución dictada por esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, el 29 de Julio de 2009, confirmando la misma en todos sus extremos.
  Estimar la reclamación previa interpuesta por don José Luis Redondo López, en nombre y representación de la empresa “Recyborox, Sociedad Limitada”, contra la resolución dictada por esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social, el 29 de julio de 2009, declarando la no existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene en el accidente sufrido por don Miguel Ángel Otero Peña, el 4 de agosto de 2005.
  La presente resolución pone fin a la via administrativa y contra la misma se podrá interponer demanda ante el Juzgado de lo Social en el plazo de treinta días, contados desde la fecha de notificación, de conformidad con el artículo 71 del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Procedimiento Laboral (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de abril).
  Madrid, a 30 de noviembre de 2009..La directora provincial, Carmen López Hidalgo (firmado y rubicado)».
  Y, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para que conste a los efectos de notificación a la empresa “Contenedores Valdes, Sociedad Limitada”, cuyo último domicilio conocido es paseo de la Estación, número 6, quinto B, 28340 Valdemoro, expido la presente certificación.
  En Madrid, a 13 de enero de 2010..Firmado.
  (02/424/10)</texto>
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