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    <fecha_publicacion>2010/04/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Demanda 1.614 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>97</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 95 
 Demanda 1.614 de 2009 
  Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.614 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdeslam Mrabet, contra la empresa “Lyal Instalaciones, Sociedad Limitada Laboral”, sobre despido, se ha dictado la sentencia número 51 de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda, declaro improcedente el despido del actor condenando a la demandada a pagarle una suma igual a la de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la de la notificación de la sentencia, y a optar en los cinco días siguientes a la referida notificación entre readmitir al actor o indemnizarlo en 231,22 ´ 12 : 365 ´  45 ´ 1 = 1.821,53 euros.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se hará saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado mediante escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del siguiente de notificación de la sentencia, y para ello si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita, deberá consignar la cantidad de 150,25 euros en la cuenta número 2516, así como la cantidad importe de la condena en la cuenta número 2516, clave 65, que tiene abierta este Juzgado en el banco “Banesto”, calle Orense, número 19, de Madrid, número de banco 0030, número de agencia 1143, dígito de control 5, indicando número de procedimiento para su localización.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Lyal Instalaciones, Sociedad Limitada Laboral”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/13.749/10)</texto>
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