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    <fecha_publicacion>2010/04/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 59. Procedimiento ordinario 1.203 de 2005</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>97</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 59</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 59 
 EDICTO
 
 15 
 Procedimiento ordinario 1.203 de 2005 
  En el procedimiento ordinario número 1.203 de 2005, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:
  Sentencia
  En Madrid, a 1 de julio de 2008..Doña Begoña Álvarez García, magistrada-juez de primera instancia del número 59 de Madrid, habiendo visto los autos de juicio ordinario número 1.203 de 2005, a instancias de “Iuris y Explotación Urbana, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña María Sandra Orero Bermejo y asistida por el letrado don Nicomedes Ruiz Martín, contra don Juan Alabarce Tello, don Juan Celso Alabarce Martín, don Raúl Alabarce Martín y “Custom Entertainment, Sociedad Limitada”, quienes se encuentran en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad, he procedido a dictar la presente resolución en base al siguiente
  Fallo
  Que con estimación de la demanda formulada por “Iuris y Explotación Urbana, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Sandra Orero Bermejo y asistida por el letrado don Nicomedes Ruiz Martín, contra “Custom Entertainment, Sociedad Limitada”, don Juan Alabarce Tello, don Juan Celso Alabarce Martín y don Raúl Alabarce Martín, declaro que la parte demandada adeuda a la actora la suma de 184.247 euros, que la actora viene obligada a devolver a la demandada la fianza del arrendamiento por importe de 38.464,76 euros, quedando compensada dicha suma en la cantidad concurrente con la de 184.247 euros, condenando a la parte demandada a que abonen solidariamente a la actora la suma de 145.782,24 euros, más intereses por mora desde la interpelación judicial, con imposición de las costas a la parte demandada.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de los demandados rebeldes don Juan Alabarce Tello, don Juan Celso Alabarce Martín, don Raúl Alabarce Martín y “Custom Entertainment, Sociedad Limitada”, extiendo el presente para que sirva de cédula de notificación en legal forma.
  En Madrid, a 15 de enero de 2010..La secretaria (firmado).
  (02/3.760/10)</texto>
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