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    <fecha_publicacion>2010/04/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Demanda 347 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>96</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 229 
 Demanda 347 de 2009 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 347 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Leire Ortiz de Zárate Sopeña, contra la empresa “Pasadena Viajes, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado auto de aclaración de sentencia de fecha 22 de marzo de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Que no ha lugar a la aclaración de sentencia que se solicita por la parte actora por no existir error.
  Contra esta resolución no cabe interponer recurso.
  Así por este auto lo acuerda, manda y firma, doña María del Carmen Rodrigo Saiz, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, y su partido judicial. Doy fe..La magistrada-juez de lo social, María del Carmen Rodrigo Saiz.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pasadena Viajes, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/13.413/10)</texto>
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