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    <identificador>BOCM-20100423-156</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/04/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 1. Ejecución 156 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>96</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 156 
 Ejecución 156 de 2009 
  Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 156 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Libardo Patiño Ortega, contra la empresa “Repcon, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución:
  Auto
  En Madrid, a 16 de marzo de 2010.
  Parte dispositiva:
  Se acuerda:
  a)  El embargo de los bienes inmuebles que se describen:
  Finca número 23.742, libro 254, tomo 1.969, folio 174, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.743, libro 254, tomo 1.969, folio 175, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.744, libro 254, tomo 1.969, folio 176, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.745, libro 254, tomo 1.969, folio 177, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.747, libro 254, tomo 1.969, folio 179, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.750, libro 254, tomo 1.969, folio 182, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.751, libro 254, tomo 1.969, folio 183, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.752, libro 254, tomo 1.969, folio 184, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.753, libro 254, tomo 1.969, folio 185, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.754, libro 254, tomo 1.969, folio 186, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.755, libro 254, tomo 1.969, folio 187, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.756, libro 254, tomo 1.969, folio 188, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.757, libro 254, tomo 1.969, folio 189, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.758, libro 254, tomo 1.969, folio 190, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.759, libro 254, tomo 1.969, folio 191, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.760, libro 254, tomo 1.969, folio 192, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.761, libro 254, tomo 1.969, folio 193, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.764, libro 254, tomo 1.969, folio 196, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.767, libro 254, tomo 1.969, folio 199, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Finca número 23.768, libro 254, tomo 1.969, folio 200, del Registro de la Propiedad de Aranjuez.
  Todas ellas propiedad de “Recursos Aplicados a la Construcción, Sociedad Limitada”, para responder de la cantidad de 33.398,66 euros, más 3.339,86 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancias de don Libardo Patiño Ortega contra “Repcón, Sociedad Limitada”.
  b)  Una vez sea firme la presente resolución, librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes, y en su caso de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.
  c)  Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.
  Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes y adviértase que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, mediante escrito o comparecencia, ante este Juzgado en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que al tiempo de interponerlo el recurrente, si es parte en quien no concurra la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario de la Seguridad Social y que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente resguardo del ingreso en “Recursos de reposición” de la cantidad de 25 euros, con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito de control 50, número de cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/30 y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal de “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid.
  Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez de lo social, Antonio Martínez Melero.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Repcon, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/13.090/10)</texto>
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